Corte Constitucional revoca intervención del Gobierno Petro a EPS Sanitas y protege el debido proceso
Corte Constitucional revoca intervención del Gobierno Petro a EPS Sanitas y protege el debido proceso

Por: Editorial Macondo Noticias

En una decisión de alto impacto político, económico y jurídico, la Sala Plena de la Corte Constitucional dejó sin efectos la intervención que el Gobierno nacional, a través de la Superintendencia de Salud, había ordenado sobre la EPS Sanitas. La resolución representa una contundente advertencia institucional frente a los límites del poder ejecutivo y un llamado al respeto por el debido proceso administrativo y judicial.

La Corte amparó los derechos fundamentales de Clínica Colsanitas, Medisanitas, Keralty, Colsanitas S.A. y de su representante legal, Juan Pablo Rueda Sánchez, revocando así una serie de fallos que, hasta entonces, habían avalado la polémica intervención. El fallo judicial también anuló la Resolución No. 2024160000003002-6 del 2 de abril de 2024, así como su ampliación posterior por un año más.

¿Un frenazo al plan de “rescate” del sistema de salud?

La decisión no es menor. La EPS Sanitas representa millones de afiliados y una red amplia de atención en salud que estaba bajo vigilancia estrecha del Gobierno Petro como parte de su agenda de reforma al sistema. El intento de intervención, justificado por la Supersalud bajo criterios financieros y administrativos, es ahora cuestionado por no cumplir con las garantías procesales mínimas, según estableció la Corte.

Este no es solo un fallo técnico. Es un mensaje político: ni la urgencia reformista ni el control estatal justifican el atropello institucional.

Cuando el “cambio” tropieza con la Constitución

La intervención a Sanitas fue vista por muchos sectores como una movida con tinte ideológico, parte de la narrativa oficial sobre la necesidad de reformar o reemplazar el actual sistema de salud. Sin embargo, lo que la Corte recuerda es que los fines no pueden justificar los medios si se violan principios como el debido proceso y el derecho a la defensa.

Es también una señal para otros sectores empresariales y gremiales que se sienten bajo presión regulatoria. La seguridad jurídica sigue siendo una barrera legítima frente a decisiones unilaterales del Ejecutivo.

Lo que viene: tensión institucional y precedentes

Esta sentencia revoca una posición anterior de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal de Bogotá, que habían declarado improcedente una tutela interpuesta por las empresas afectadas. El precedente que deja es claro: las superintendencias no pueden actuar como brazos políticos del gobierno, y toda intervención debe ajustarse no solo a la ley, sino a los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad y debido proceso.

Con esta decisión, se abren varias preguntas: ¿Cómo responderá el Gobierno? ¿Qué impacto tendrá esto en el diseño de la reforma a la salud? ¿Se debilita la narrativa del “cambio” ante un sistema judicial que exige prudencia institucional?

Lo cierto es que la Corte Constitucional ha vuelto a ejercer su rol como guardián del Estado de Derecho, en un contexto donde el equilibrio de poderes se vuelve cada vez más crucial.